PROTOCOLO POLICIAL BÁSICO de intervención contra el maltrato infantil en el ámbito doméstico

lunes, 4 de febrero de 2019

PROTOCOLO POLICIAL BÁSICO de intervención contra el maltrato infantil en el ámbito doméstico



La especial situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los niños y adolescentes que conviven en un entorno donde existe violencia de género hace necesaria una atención específica, porque son víctimas de maltrato en cualquiera de sus tipologías (maltrato físico, maltrato emocional, negligencia, y abuso sexual), por considerar que son nocivas para su bienestar y desarrollo.
El objetivo de este tipo de protocolo es garantizar unos estándares mínimos en la atención e intervención a los niños victimas de maltrato, inde­pendientemente de su sexo, raza, discapacidad, condición social o ubicación territorial.

Un protocolo de actuación en casos de maltrato infantil debe englobar medidas que garanticen la coordinación de las actuaciones de las institucio­nes competentes respecto a la atención global a las víctimas en las siguientes áreas básicas de intervención social:
1. Detección.
2. Notificación
3. Valoración
4. Intervención y tratamiento
5. Evaluación y seguimiento del caso
En el ámbito policial, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ante casos de maltrato infantil o exposi­ción a violencia de género, actuarán de manera coordinada con las instancias adecuadas en cuantas acciones sean necesarias, sobre todo en aquellas rela­cionadas con la protección inmediata del menor, la forma de tomar declara­ción al menor y el contexto de exploración y de atención inmediata.

Las primeras diligencias policiales deberán garantizar la protección inmediata del menor y asegurar la recogida de pruebas. Posteriormente, se remitirán a las instancias competentes los informes que recojan el resultado de sus averiguaciones.
Se practicarán todas las actuaciones necesarias para garantizar la dig­nidad y la integridad física y moral de la víctima, tanto en el lugar de los hechos, como durante los traslados a centros hospitalarios y asistenciales o, en su caso, al domicilio.
Se prestará el auxilio necesario a otras instituciones (Servicios Socia­les, Educación, Salud...) cuando así lo soliciten para garantizar la seguridad y la integridad del menor y de los profesionales que lo atienden.
Colaborarán con los Servicios de Protección de Menores en la ejecución del procedimiento y las medidas administrativas cuando el interés del menor así lo re­quiera en los casos en los que falte la colaboración necesaria de padres o tutores.
En cualquier caso existe la obligación de informar a la Autoridad Ju­dicial de hechos que constituyan infracción penal, teniendo la capacidad de intervenir directamente en los delitos públicos como son el de maltrato do­méstico o de género, sin distinguir si el maltrato es leve o grave, ya que en ambos casos sería objeto de delito.
Realizarán la investigación y el informe sobre el caso: tomar declara­ción a testigos, recogida de información de otras fuentes que los Juzgados o Tribunales o el Ministerio Fiscal les solicite.
El cuerpo policial competente participará en el plan de intervención coordinado por servicios sociales de atención primaria en los casos de mal­trato infantil, si éstos lo solicitan.
En los casos en que vean necesario tomar la declaración al menor, se llevará a cabo por parte de los profesionales de las unidades especializadas. Así mismo, trasladarán al menor al hospital de referencia en caso necesario.
La eficacia de este Protocolo ante situaciones de maltrato infantil in­trafamiliar (incluido el que afecta a los niños y adolescentes expuestos a la violencia de género) depende de una actuación coordinada y constante de los Organismos implicados y de los profesionales de los servicios sociales y de los ámbitos educativo, sanitario, policial y judicial.
Por ello, es esencial el compromiso y esfuerzo conjunto y decidido de las Administraciones y de los profesionales para mejorar los sistemas de detección y denuncia, pero también en la imprescindible implicación y aler­ta del entorno social de los menores de edad, que debe ser cada vez más consciente de la necesidad y urgencia de actuar de forma efectiva contra este grave problema que, en demasiadas ocasiones, es ocultado y silenciado en el ámbito familiar.

1 comentario :

  1. Hay que ser desalmado...!!
    Cómo dices debe actuarse rápido, ese tipo de personas es vengativo a más no poder y taciturno!
    Todos tenemos derecho a ser felices aunque tenga que ser el gobierno que nos provee de lo mínimo.
    Ni uno menos!

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